La medida se aplicará a los feriados trasladables, que podrán correrse al viernes anterior o al lunes siguiente si coinciden con sábado o domingo. El 12 de octubre sería el único alcanzado este año.
El Gobierno nacional dispuso, a través del Decreto 614/2025 publicado en el Boletín Oficial, que los feriados trasladables que caigan en fines de semana podrán moverse en el calendario, si así lo define la Jefatura de Gabinete.
La norma aclara un vacío legal de la Ley 27.399, que regulaba los feriados nacionales pero no especificaba qué hacer cuando coincidían con sábados o domingos.
Cómo funcionará la nueva disposición
De ahora en adelante, los feriados trasladables podrán correrse al viernes anterior o al lunes posterior, en lugar de quedar fijos en su fecha original.
El esquema no alcanza a los feriados inamovibles, que continuarán celebrándose en el día que corresponda sin posibilidad de traslado.
El Gobierno fundamentó la decisión en la necesidad de mantener el “espíritu de la norma”, que busca favorecer fines de semana largos para promover el turismo interno y el descanso de los trabajadores.
El calendario de lo que resta de 2025
En la práctica, este año solo un feriado podría verse alcanzado por la medida: el 12 de octubre, Día del Respeto a la Diversidad Cultural, que cae domingo.
Estos son los feriados y días no laborables que restan en el año:
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Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (trasladable).
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Viernes 21 de noviembre: día no laborable con fines turísticos por el Día de la Soberanía.
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Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía (feriado inamovible).
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Lunes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible).
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Jueves 25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible).
Fuente: La Nación.