El organismo incorporó diez grupos de especialidades medicinales al régimen de venta libre.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) amplió el listado de medicamentos que podrán comercializarse sin receta médica. La medida, oficializada mediante la Disposición 4714/2026 publicada en el Boletín Oficial, alcanza a diez grupos de especialidades medicinales destinadas al tratamiento de afecciones de baja complejidad y busca facilitar el acceso de la población a estos productos bajo criterios de uso responsable.
La decisión comprende medicamentos inscriptos en el Registro de Especialidades Medicinales que contienen determinados principios activos, concentraciones y formas farmacéuticas previamente evaluadas por el organismo regulador.
Qué medicamentos pasan a ser de venta libre
Entre los principios activos incorporados al régimen de venta libre se encuentran la trimebutina maleato, la levocetirizina diclorhidrato, la fexofenadina clorhidrato, el dimenhidrinato y la combinación de nafazolina clorhidrato con feniramina maleato.
También fueron autorizadas presentaciones que contienen olopatadina clorhidrato, carboximetilcisteína, cloruro de aluminio hexahidratado, la combinación de carbonato de calcio, tintura de árnica montana y nitrato de plata, además de formulaciones con ivermectina.
La disposición se enmarca en la Resolución 284/2024 del Ministerio de Salud, que instruyó a la ANMAT a revisar las condiciones de expendio de determinados medicamentos. En ese proceso, el organismo ya había habilitado anteriormente la venta libre de inhibidores de la bomba de protones, productos con acetilcisteína y otros medicamentos dermatológicos y antimicóticos.
Los criterios utilizados por la ANMAT
Para autorizar el cambio de condición de venta, la ANMAT evaluó que los medicamentos demostraran eficacia y seguridad sostenidas para tratar síntomas fácilmente identificables por los usuarios, además de contar con un amplio margen terapéutico.
Otro de los requisitos fue que las especialidades medicinales hubieran permanecido al menos cinco años bajo venta con receta en Argentina sin registrar eventos adversos graves que modificaran la relación entre riesgos y beneficios.
El análisis incluyó información proveniente del Sistema Nacional de Farmacovigilancia, la base mundial de reacciones adversas de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y antecedentes de organismos regulatorios internacionales, entre ellos la Agencia Europea de Medicamentos (EMA), la FDA de Estados Unidos, la ANVISA de Brasil y el INVIMA de Colombia.
Cambios en el rotulado y antecedentes
La disposición establece que los laboratorios podrán continuar comercializando los lotes elaborados antes de la entrada en vigencia de la norma sin modificar sus envases, rótulos ni prospectos. Sin embargo, los nuevos lotes deberán adecuar su presentación a la condición de venta libre, incorporar un código QR con el prospecto correspondiente y adaptar los envases a las dosis y duración de tratamiento autorizadas.
Como antecedente, la ANMAT destacó el comportamiento de los medicamentos conocidos como «prazoles», cuya venta libre fue autorizada previamente. Según datos oficiales, entre mayo de 2024 y junio de 2026 esos productos registraron aumentos de precios inferiores a la inflación acumulada del período, al tiempo que se observó una mayor disponibilidad en el mercado y no se detectaron maniobras especulativas.
Fuente: Ámbito.